Asociación de Fabricantes y Empresas Auxiliares de la Construcción de Baleares


Convenio

Convenio Colectivo de Derivados del Cemento de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares


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ANEXO II - CALENDARIO LABORAL

Calendario orientativo laboral para el año 2003.

Calendario laboral

NOMENCLATURA

L- día laboral
D- domingo
S- sábado
F- fiesta
SF- sábado y fiesta
NL- día no laboral

El presente calendario es fruto de la adecuación a la jornada anual de 1.744 horas de trabajo efectivo, y del mismo deberán descontarse las 2 fiestas locales y 22 días laborables de vacaciones.

De dicha adecuación resultan 8 días no laborables (NL) que se disfrutarán en las fechas que se acuerde en cada empresa con los representantes de los trabajadores, entendiendo que dichos días tengan un cómputo de 8 horas. En defecto de acuerdo, dichos días no laborables (NL) se disfrutarán en las fechas indicadas en el calendario laboral. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 38 y 39 del II Convenio Colectivo General de Derivados del Cemento.


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