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TÍTULO VI
Disposiciones finales
ARTÍCULO 50
Del resultado de las operaciones de la sociedad y
frente a sus acreedores y terceros, responde solamente el haber social;
teniendo limitada su responsabilidad los socios a las aportaciones por ellos realizadas.
ARTÍCULO 51
Para toda reclamación o contienda judicial con la Asociación,
las partes se someten expresamente para el ejercicio de sus acciones al Juez y Tribunales,
del domicilio de esta Entidad, por ello en los actos y contratos que la Asociación celebre o en las acciones
a que dieran lugar, queda implícito que las partes renuncian a su propio fuero y se someten al del domicilio legal de la Asociación.
ARTÍCULO 52
Los márgenes de previsión y exceso de percepción, en su caso se destinarán, una vez cubiertos
los gastos generales, al Fondo de Obras Sociales.
La presente modificación de Estatutos de la Asociación de Fabricantes y Empresas Auxiliares de la Construcción de
Baleares (AFACO) han sido aprobados en la Junta General Extraordinaria de esta entidad, celebrada el pasado 8 de mayo de 2.000.
Porreras, a 22 de mayo de 2.000
El Gerente
Fdo. D. Jaime Sastre Hernández
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